
“Canillita”. La obra de teatro rioplatense autoría del actor y dramaturgo Florencio Sánchez y, en homenaje al mismo, el 7 de noviembre en Argentina se celebra el día del “canillita”. La misma fue estrenada en Rosario en 1902.
Fue en esta comedia que el dramaturgo utilizó por primera vez el término para referirse a las piernas delgadas de un niño se dejaban ver por el pantalón corto del joven que vendía diarios y revistas para ayudar a la economía familiar.
Canillita o Canilla es un término que proviene del latín canella o canna, que hace referencia a una caña. En el lunfardo, suele denominarse canilla a la tibia, hueso largo de la pierna. Fue de esta manera que bautizó a dicho oficio con este nombre, el cual se haría popular también en otros países como Paraguay y Uruguay.
UN POCO DE HISTORIA
Los dueños del diario porteño La República, fundado en 1868, sus directivos tomaron el ejemplo visto en la ciudad de Nueva York con el fin de ahorrar dinero a la hora de comercializar los ejemplares. La acción era pagarles a los niños para vender en puntos clave de la ciudad.
Así, ganaron todos. El diario vendía más, los niños recibían remuneración por la labor y los lectores ahorraban tiempo; ya no tenían que esperar a que les llegara el diario por correo. La medida tomó popularidad inmediata a tal punto que otras empresas de medios imitaron la medida y, se incorporó la lectura de los títulos de las portadas para llamar la atención de la gente.
Tiempo después, el método dio lugar a los puestos fijos y quioscos dando lugar a que el término llegara a ser acuñado a quienes comercializaban en dichos lugares.
Desde el año 2007 se proclamó por ley día de descanso para los canillitas. Así lo expresa el texto de la normativa nacional promulgada en 2009 (Ley 26.540), donde comenzaron a ser considerados oficialmente como trabajadores, en vez de comerciantes o vendedores.
ARTICULO 1º – Establécese como descanso para los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística, el día 7 de noviembre de cada año, en que se conmemora el día del trabajador de la actividad.
ARTICULO 2º – En dicho día los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística no prestarán labores, asimilándose dicho día a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
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